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Con el objetivo de facilitar el acceso a la capacitación de nuestros asociados, el consejo directivo de AMyF modificó el reglamento vigente. Los cambios comenzarán a regir desde el próximo jueves 1° de agosto de 2019.
La modificación, aplicada al artículo 2° de la normativa, permitirá a cada asociado que reviste en las categorías MF5, MF6, MF7, AJ2, AJ3, AJ4 ó AJ5 acceder a un total de 30 JUS para facilitar la asistencia de sus asociados a jornadas, seminarios, congresos o cursos de postgrado de capacitación profesional, incluidos aquellos virtuales.
Es importante destacar que a este beneficio señalado podrán acceder por año calendario, siempre y cuando se encuentre cancelado el primer aporte a la Asociación. Cabe recordar que AMyF destina –en forma mensual- hasta un máximo del 30 por ciento de los fondos que ingresan en concepto de cuotas sociales para facilitar la capacitación de sus asociados.
En el caso de las categorías MF3, MF4 ó AJ1 accederán a un total de 20 JUS, y aquellos que corresponden a MF2 a un total de 10 JUS.
Un dato importante es que, bajo ningún concepto, dicho total máximo anual podrá ser otorgado para la asistencia a un mismo evento, salvo que los costos a erogar (inscripción o matricula, traslado, estadía, etc…) superen dicho monto.